Lo paradójico de la disciplina contractual es que no hay desarrollo individual o colectivo posible sin recurrir a su utilización, y al mismo tiempo lo hacemos en muchas ocasiones sin ser conscientes de ello.
Sucede que los contratos nos nutren desde tiempos ancestrales como expresión inequívoca de la vida de relación económica y social, aun antes de alcanzar una formulación jurídica.
En efecto, el contrato es la expresión del despliegue personal, su utilización es universal y espontánea, adjudicando riesgos e incentivos; tiene un carácter dinámico que nos desafía desde la perspectiva jurídica para comprenderla y para optimizar su desarrollo.
El Código Civil y Comercial nos orienta con una definición precisa del contrato, lo regula como acto jurídico, ubicándolo metodológicamente dentro del tratamiento de las obligaciones. Luego nos conduce por sus contenidos desde la teoría general, hasta los contratos en particular.
Este Manual de Contratos se estructuró, siguiendo ese orden, en dos partes.
La primera se inicia con el concepto, sus principios y su clasificación, los elementos esenciales, los efectos, métodos de interpretación y la extinción; concluyendo con el análisis de los contratos de consumo, que por su trascendencia jurídica y económica han sido expresamente incorporados al citado Código. Al propio tiempo hemos relacionado la teoría general con aspectos jurídicos de la contratación electrónica. Los contratos en particular han sido tratados siguiendo el orden propuesto por el Código Civil y Comercial, para facilitar la aplicación de los conceptos de la teoría general.




